AEAT — Agencia Tributaria en 2026: Qué Es, Cómo Funciona, Todo sobre la Declaración de la Renta 2025 y la Guía Completa de sus Servicios
Para la mayoría de los ciudadanos españoles, la AEAT — la Agencia Tributaria o Agencia Estatal de Administración Tributaria — es sinónimo de una palabra que aparece cada primavera en el calendario: la declaración de la Renta. Pero la Agencia Tributaria es mucho más que una campaña anual del IRPF. Es el organismo público responsable de aplicar el sistema tributario español en su totalidad, desde la gestión del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) hasta el IVA, el Impuesto de Sociedades, los impuestos especiales sobre el alcohol y el tabaco, los tributos medioambientales, la vigilancia aduanera y la lucha contra el fraude fiscal y el contrabando. Un organismo que toca de forma directa la vida económica de prácticamente todos los ciudadanos y empresas de España.
En 2026, la Agencia Tributaria llega con novedades relevantes que afectan a millones de contribuyentes. La campaña de la declaración de la Renta 2025 — la que corresponde a los ingresos obtenidos durante el año 2025 y que se presenta en 2026 — arrancó oficialmente el 8 de abril de 2026 y se extenderá hasta el 30 de junio de 2026. Este año, la campaña incorpora cambios importantes: una nueva deducción para trabajadores con rentas próximas al Salario Mínimo Interprofesional, la supresión de la obligación de declarar para la mayoría de los perceptores de prestaciones por desempleo, modificaciones en la tributación de las rentas del ahorro más elevadas, y la prórroga de las deducciones por eficiencia energética y vehículos eléctricos. Son cambios que puede afectarte directamente — y que conviene conocer antes de sentarse a confirmar el borrador.
Esta guía completa y actualizada a abril de 2026 te explica todo lo que necesitas saber sobre la AEAT: qué es y cuáles son sus funciones, cómo funciona su sede electrónica, cómo acceder al borrador de la Renta y cuáles son los plazos exactos, qué servicios ofrece para ciudadanos, autónomos y empresas, cuáles son las novedades de la campaña de la Renta 2025, cómo pedir cita previa y cómo contactar con Hacienda. Todo lo que necesitas, en un solo lugar.
I — ¿Qué es la AEAT? La Agencia Tributaria explicada de forma clara
Antes de hablar de declaraciones, plazos y borradores, conviene entender qué es exactamente la AEAT y cuál es su papel en el sistema fiscal español.
Definición y naturaleza jurídica
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), conocida popularmente como Agencia Tributaria o simplemente Hacienda, es el organismo público responsable de la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y del aduanero en España. Está adscrita al Ministerio de Hacienda y Función Pública y tiene personalidad jurídica propia, lo que le otorga autonomía de gestión suficiente para cumplir sus funciones con eficiencia y agilidad. La AEAT fue creada por la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, y entró en funcionamiento el 1 de enero de 1992, aunque heredó las funciones que hasta entonces desempeñaba la Dirección General de Gestión Tributaria del Ministerio de Economía y Hacienda. Desde entonces, ha evolucionado hacia una entidad cada vez más digitalizada, capaz de gestionar decenas de millones de declaraciones, autoliquidaciones y trámites de forma electrónica.
¿Para qué sirve la Agencia Tributaria?
La AEAT tiene tres funciones esenciales que definen toda su actividad. La primera es la gestión tributaria: recibir y procesar las declaraciones de los contribuyentes, aplicar la normativa fiscal, tramitar devoluciones, resolver consultas y atender a ciudadanos y empresas en sus obligaciones fiscales. La segunda es la inspección y lucha contra el fraude fiscal: detectar irregularidades, investigar tramas defraudadoras, desarticular redes de fraude fiscal y ejercer la potestad sancionadora cuando se detectan incumplimientos tributarios. La Agencia Tributaria dispone de unidades especializadas en fraude organizado, economía sumergida, fraude en el comercio exterior y delitos contra la Hacienda Pública. La tercera función es la recaudación: cobrar las deudas tributarias tanto en período voluntario como a través de procedimientos ejecutivos cuando el contribuyente no paga voluntariamente. La Constitución Española exige, en su artículo 31, la contribución de todos al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo. La AEAT es el instrumento del Estado para hacer efectivo ese mandato constitucional.
La sede electrónica de la AEAT: el portal de todos los trámites
La dirección sede.agenciatributaria.gob.es es la puerta de entrada al universo digital de la Agencia Tributaria. A través de esta sede electrónica se puede acceder a prácticamente cualquier trámite fiscal: presentar la declaración de la Renta, consultar el borrador del IRPF, gestionar el IVA, obtener certificados tributarios, realizar autoliquidaciones, consultar el estado de las devoluciones, pedir cita previa y mucho más. También está disponible la aplicación móvil oficial de la Agencia Tributaria, descargable en iOS y Android, que permite realizar desde el smartphone los mismos trámites que en la web, incluyendo la confirmación del borrador de la Renta con solo unos toques en pantalla.
II — La Declaración de la Renta 2025: Todo lo que Necesitas Saber sobre la Campaña 2026
La campaña de la declaración de la Renta es el momento del año en que la AEAT concentra mayor atención ciudadana. Aquí están todos los datos verificados y actualizados sobre la campaña del IRPF 2025.
¿Qué es la Renta 2025 y por qué se presenta en 2026?
Existe una confusión habitual que conviene aclarar desde el principio. Cuando hablamos de la declaración de la Renta 2025, hacemos referencia a la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a los ingresos obtenidos durante el año 2025. Esta declaración se elabora y presenta durante los meses de abril, mayo y junio de 2026. Por eso el nombre oficial que utiliza la Agencia Tributaria es «Renta 2025» aunque se tramite íntegramente en 2026 — es una convención que se aplica todos los años y que genera confusión entre quienes se acercan por primera vez al proceso. En esencia: la Renta 2025 es la declaración que hay que hacer en 2026.
Fechas clave de la campaña de la Renta 2025
El calendario de la campaña de la Renta 2025 es el siguiente, según la información oficial de la Agencia Tributaria. 11 de marzo de 2026: apertura del plazo para solicitar el número de referencia que permitirá gestionar los servicios relacionados con la Renta 2025. La casilla a introducir es la 505 de la declaración de Renta 2024. 18 de marzo de 2026: disponibles los datos fiscales de cada contribuyente en la sede electrónica de la AEAT y en la app oficial. Es posible consultar la información que Hacienda tiene registrada antes de que comience la presentación oficial. 8 de abril de 2026: arranque oficial de la campaña de la Renta. La campaña de la renta 2025 se extenderá entre los meses de abril y junio, con inicio oficial el 8 de abril para las presentaciones por internet. 29 de abril de 2026: apertura del plazo para solicitar cita para presentar la declaración de la Renta 2025 por teléfono y video asistencia en pequeños municipios. 6 de mayo de 2026: comienza la presentación de la Renta por teléfono y video asistencia en pequeños municipios con la ayuda de un agente de la AEAT. 29 de mayo de 2026: apertura del plazo para solicitar cita para la presentación presencial en oficinas de Hacienda. 1 de junio de 2026: inicio de la presentación presencial en oficinas de la AEAT y en oficinas de comunidades autónomas y entes locales colaboradores. 25 de junio de 2026: último día para presentar la declaración con domiciliación bancaria del pago. Si tu declaración resulta a ingresar y quieres domiciliar el pago, esta es tu fecha límite. 30 de junio de 2026: fin del plazo de la campaña de la Renta 2025. Último día para la presentación por internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2025. La campaña de la Renta 2025 se extenderá entre los meses de abril y junio y finaliza el 30 de junio de 2026, último día hábil para la presentación.
¿Cómo acceder al borrador de la Renta 2025?
El borrador de la declaración es la propuesta que elabora automáticamente la Agencia Tributaria con los datos que tiene registrados sobre cada contribuyente: rendimientos del trabajo, pensiones, rendimientos de cuentas bancarias y depósitos, entre otros. Es un punto de partida valioso, pero no un documento definitivo. Para acceder al borrador de la Renta 2025 en la sede electrónica de la AEAT, necesitas identificarte mediante una de estas tres vías: el certificado digital o DNI electrónico, el sistema Cl@ve PIN o Cl@ve Móvil, o el número de referencia que se obtiene introduciendo la casilla 505 de la declaración del año anterior. También puedes consultar el borrador a través de la aplicación "Agencia Tributaria", utilizando el sistema Cl@ve Móvil o el mencionado número de referencia. Importante: el borrador es una propuesta de la Agencia Tributaria, no una declaración definitiva. Hacienda lo elabora con los datos que tiene, pero no siempre dispone de información completa. Antes de confirmarlo conviene verificar si tienes más de un pagador o has cambiado de trabajo durante 2025, si tienes rendimientos de actividades económicas, si hay deducciones aplicables que no aparecen automáticamente, o si el borrador incluye correctamente a todos los miembros de la unidad familiar.
Formas de presentar la declaración de la Renta 2025
La Agencia Tributaria ofrece varias vías para presentar la declaración del IRPF 2025. La primera y más cómoda es la vía online a través de Renta WEB, disponible desde el 8 de abril de 2026 en la sede electrónica de la AEAT. También desde la app oficial para móviles y tabletas — válida para declaraciones a devolver e ingresar (con domiciliación del pago). La segunda vía es la presentación por teléfono con un agente de la AEAT, disponible desde el 6 de mayo de 2026, previa solicitud de cita a partir del 29 de abril. La tercera vía es la presencial en oficinas de la AEAT, disponible del 1 al 30 de junio de 2026, previa cita solicitada a partir del 29 de mayo. También existe la posibilidad de acudir a oficinas de comunidades autónomas y entes locales que colaboran con la AEAT. Hay también un servicio de asistencia por video asistencia en pequeños municipios, disponible desde el 6 de mayo de 2026.
III — Novedades del IRPF 2025: Los Cambios más Importantes de la Campaña de Renta 2026
La campaña de la Renta 2025 llega con cambios relevantes que afectan a millones de contribuyentes. Conocerlos puede marcar la diferencia en el resultado de tu declaración.
Nueva deducción para trabajadores con rentas próximas al SMI
Una de las principales novedades de la declaración de la Renta 2025 es la incorporación de una nueva deducción de hasta 340 euros para trabajadores con rentas próximas al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Esta medida, aprobada mediante Real Decreto-ley, tiene como objetivo aliviar la carga fiscal de los trabajadores con ingresos más bajos y reconocer el esfuerzo de quienes trabajan en los tramos salariales más vulnerables. En todos estos casos, quienes hayan percibido el equivalente al SMI en 2025 también tendrían que presentar la declaración de la renta este año 2026. Si percibes rentas del trabajo cercanas al SMI y no estás seguro de si esta deducción te aplica, es recomendable consultar el borrador y verificar si aparece correctamente reflejada.
Supresión de la obligación de declarar para perceptores del desempleo
Otra novedad importante es la supresión de la obligación de presentar la declaración del IRPF para la mayoría de beneficiarios de la prestación por desempleo. Hasta ahora, quienes cobraban el paro estaban obligados a declarar cuando superaban ciertos umbrales de ingresos combinados. La reforma introducida por el Real Decreto-ley 2/2026 elimina esta obligación para la mayoría de los perceptores. Esta medida beneficia a cientos de miles de personas que cada año se veían obligadas a presentar la declaración únicamente por esta razón, con el estrés y la carga administrativa que ello conlleva. Es importante recordar que, aunque no estén obligadas a declarar, estas personas pueden hacerlo voluntariamente si su resultado es a devolver.
Cambios en la tributación de rentas del ahorro elevadas
La Renta 2025 también incorpora modificaciones en la tributación de las rentas del ahorro más elevadas, con nuevos tramos impositivos para quienes tienen rendimientos del capital superiores a determinados umbrales. Estos cambios afectan principalmente a inversores y titulares de patrimonios significativos que obtienen rendimientos de dividendos, intereses y ganancias patrimoniales por encima de 300.000 euros anuales. Si eres contribuyente con rentas del ahorro importantes, es recomendable revisar con detalle cómo estos cambios impactan en tu cuota íntegra.
Prórroga de deducciones por eficiencia energética y vehículos eléctricos
Las deducciones por compra de vehículos eléctricos enchufables, instalación de puntos de recarga o rehabilitación energética de viviendas se prorrogaron para el ejercicio 2025, por lo que se podrán aplicar en la próxima declaración de la renta. Estas deducciones, que habían sido introducidas como medidas temporales para incentivar la transición ecológica, mantienen su vigencia para el ejercicio 2025, lo que significa que quienes compraron un coche eléctrico, instalaron un cargador o rehabilitaron energéticamente su vivienda durante 2025 podrán beneficiarse de estas ventajas fiscales en la declaración que presentarán entre abril y junio de 2026.
Mejoras en el asistente virtual y Renta WEB
La aplicación Renta Web ha incorporado mejoras a la hora de incluir a ascendientes y descendientes en la declaración. A partir de ahora, la propia aplicación detectará automáticamente si el ascendiente o descendiente tiene rentas entre 1.800 y 8.000 euros, así como si tiene la marca de no obligado a declarar. También se ha mejorado el Asistente Virtual de la Renta, disponible en la sede electrónica de la AEAT, que permite formular preguntas personalizadas y recibir respuestas adaptadas a la situación particular de cada contribuyente. Además, a través de este asistente se puede acceder al Informador de Renta y al chat atendido por especialistas de la Administración Digital Integral.
IV — Cómo Pagar el IRPF 2025: Formas de Pago y Fraccionamiento
Si tu declaración resulta a ingresar — es decir, tienes que pagar — la AEAT ofrece varias opciones para realizar el pago de forma cómoda.
Pago total y fraccionado
Si tu declaración resulta a ingresar, tienes dos opciones principales. La primera es pagar el importe total antes del 30 de junio de 2026. La segunda es fraccionar el pago en dos plazos: el primer plazo (60% del importe) se abona en el momento de presentar la declaración, y el segundo plazo (40% restante) vence el 5 de noviembre de 2026. Si eliges domiciliar el pago íntegro o el primer plazo, la fecha límite para presentar la declaración adelanta al 25 de junio de 2026. Importante: desde 2025 también puedes pagar tu declaración mediante Bizum, y el pago con tarjeta ya está disponible en cualquier entidad bancaria, no solo en las colaboradoras. Esta ampliación de los medios de pago facilita considerablemente el proceso a quienes no tienen domiciliación bancaria configurada o prefieren gestionar el pago de forma inmediata.
V — Los Servicios de la AEAT para Ciudadanos, Autónomos y Empresas
La Agencia Tributaria no es solo la Renta. Sus servicios cubren todas las obligaciones fiscales de ciudadanos, trabajadores autónomos y empresas.
IVA: gestión completa para empresas y autónomos
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es uno de los tributos que más actividad genera en la sede electrónica de la AEAT. Los autónomos y las empresas tienen la obligación de presentar declaraciones periódicas de IVA — habitualmente trimestrales, o mensuales en el caso de los grandes contribuyentes inscritos en el REDEME. La AEAT gestiona a través de su sede todos los aspectos relacionados con el IVA: presentación del modelo 303 (autoliquidación trimestral), el modelo 390 (resumen anual), solicitudes de devolución mensual, gestión del SII (Suministro Inmediato de Información) para grandes empresas, y toda la información sobre los distintos tipos de regímenes de IVA. Desde 2026, la normativa VERI*FACTU, relativa a los Sistemas Informáticos de Facturación, está siendo implementada progresivamente, estableciendo nuevas obligaciones para los sistemas de facturación electrónica que afectarán a todos los contribuyentes que emiten facturas.
Impuesto de Sociedades: obligaciones de las personas jurídicas
Las sociedades y otras entidades jurídicas están obligadas a presentar el Impuesto sobre Sociedades, que grava la renta de las personas jurídicas. La AEAT gestiona la presentación del modelo 200 (declaración anual), así como todos los pagos fraccionados correspondientes a cuenta del IS. La sede electrónica de la AEAT pone a disposición de las empresas herramientas de asistencia para confeccionar correctamente estas declaraciones.
Autónomos y actividades económicas: un universo de obligaciones
Para los trabajadores autónomos y los profesionales, la AEAT centraliza un conjunto amplio de obligaciones fiscales que van más allá de la declaración de la Renta. Los autónomos deben gestionar el IVA trimestral, las retenciones del IRPF a sus empleados o proveedores (modelo 111 y 115), los pagos fraccionados a cuenta del IRPF (modelo 130 o 131 según el régimen), la declaración anual de operaciones con terceros (modelo 347) y otras obligaciones informativas. La AEAT también gestiona el IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas) para aquellos sujetos obligados, así como los censos de actividades económicas donde los autónomos deben registrarse al iniciar y cesar sus actividades.
Certificados tributarios y datos fiscales
A través de la sede electrónica de la AEAT es posible obtener una amplia variedad de certificados tributarios: el certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias, el certificado de no tener deudas con Hacienda, el certificado de rentas para tramitar becas o prestaciones, entre otros. Todos estos certificados se obtienen de forma inmediata mediante identificación digital, sin necesidad de desplazarse físicamente a una oficina.
VI — Cómo Identificarse en la Sede Electrónica de la AEAT: Sistemas de Acceso
Para realizar trámites en la sede electrónica de la AEAT es necesario identificarse de forma segura. Existen varios sistemas disponibles.
Certificado digital y DNI electrónico
El certificado digital (emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, la FNMT) y el DNI electrónico son los métodos de identificación más robustos disponibles. Permiten acceder a todos los trámites de la sede electrónica sin restricciones. Su obtención requiere un proceso previo de solicitud y acreditación presencial, pero una vez disponibles ofrecen acceso completo a todos los servicios de la AEAT sin limitaciones.
Cl@ve PIN y Cl@ve Móvil
El sistema Cl@ve es la plataforma de identificación del ciudadano en la administración digital española. Dentro de esta plataforma, Cl@ve PIN permite obtener un código de un solo uso enviado por SMS o a través de la aplicación Cl@ve, válido durante unos minutos para realizar un trámite concreto. Cl@ve Móvil es una variante más reciente que utiliza la aplicación móvil oficial para generar el código de identificación. Cl@ve es probablemente el método más utilizado por los contribuyentes para acceder al borrador de la Renta y confirmar su declaración.
Número de referencia: la opción más sencilla
El número de referencia es el acceso más sencillo disponible para la campaña de la Renta. Se obtiene en la propia sede electrónica de la AEAT introduciendo el NIF y la casilla 505 de la última declaración de Renta presentada (o el importe de los ingresos, para quienes declaran por primera vez o no presentaron el año anterior). Este número permite acceder al borrador, confirmarlo y presentar la declaración, aunque con algunas limitaciones respecto al certificado digital.
VII — Cita Previa en la Agencia Tributaria: Cómo Solicitarla y Para Qué
Para ser atendido por la Agencia Tributaria, tanto por teléfono como presencialmente en sus oficinas, es necesario concertar cita previa. Aquí te explicamos cómo hacerlo.
Cómo pedir cita en la AEAT
La cita previa se puede solicitar de tres formas: a través de la web oficial (sede.agenciatributaria.gob.es), a través de la aplicación móvil de la Agencia Tributaria, o llamando a los teléfonos habilitados: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 / 91 553 00 71 / 901 22 33 44. La solicitud de cita para la atención telefónica abre el 29 de abril de 2026. La solicitud de cita para la atención presencial abre el 29 de mayo de 2026. Tanto para el servicio telefónico como para el presencial, se necesitará el NIF y el número de referencia o un sistema de identificación válido.
Teléfonos de información tributaria de la AEAT
Para dudas sobre la declaración de la Renta o cualquier aspecto tributario, la AEAT dispone de un servicio telefónico de información tributaria básica. Los números son el 91 554 87 70 y el 901 33 55 33, accesibles de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas (hasta las 15:00 horas en agosto). Estos teléfonos no sirven para pedir cita ni para tramitar declaraciones — son exclusivamente de información y orientación.
FAQ — Preguntas Frecuentes sobre la AEAT y la Declaración de la Renta 2025
P1: ¿Cuándo empieza y termina la declaración de la Renta 2025?
La campaña de la declaración de la Renta 2025 comienza el 8 de abril de 2026 (presentación por internet) y finaliza el 30 de junio de 2026. Los datos fiscales están disponibles desde el 18 de marzo de 2026. La presentación por teléfono comienza el 6 de mayo y la presencial el 1 de junio. Si domicilias el pago, la fecha límite es el 25 de junio.
P2: ¿Cómo accedo al borrador de la Renta 2025 en la AEAT?
Para acceder al borrador de la Renta 2025 en la sede electrónica de la AEAT (sede.agenciatributaria.gob.es), necesitas: certificado digital o DNI electrónico, sistema Cl@ve PIN o Cl@ve Móvil, o número de referencia (casilla 505 de la Renta 2024). También puedes acceder desde la app oficial de la Agencia Tributaria.
P3: ¿Cuál es el teléfono de la Agencia Tributaria?
Información tributaria básica: 91 554 87 70 / 901 33 55 33 (lunes a viernes, 9:00-19:00 h). Cita previa para declaración: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 / 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
P4: ¿Estoy obligado a presentar la declaración de la Renta 2025?
En general, están obligados a declarar los contribuyentes con rendimientos del trabajo superiores a 22.000 euros anuales de un único pagador, o superiores a 15.876 euros si tienen dos o más pagadores (siempre que el segundo pagador supere 1.500 euros). Como novedad en la Renta 2025, la mayoría de perceptores de la prestación por desempleo ya no están obligados a declarar. Si tienes dudas, puedes verificarlo en el asistente de la AEAT.
P5: ¿Cómo puedo pagar si mi declaración de la Renta resulta a ingresar?
Puedes pagar el importe total antes del 30 de junio de 2026, o fraccionar en dos plazos: 60% al presentar y 40% el 5 de noviembre de 2026. Los medios de pago aceptados son domiciliación bancaria, Bizum (novedad desde 2025) y tarjeta bancaria en cualquier entidad. Si domicilias el pago, debes presentar antes del 25 de junio.
P6: ¿La AEAT gestiona solo el IRPF?
No. La AEAT gestiona todos los tributos estatales: IRPF, IVA, Impuesto de Sociedades, Impuesto sobre el Patrimonio, impuestos especiales (alcohol, tabaco, hidrocarburos), tributos medioambientales, aranceles y vigilancia aduanera. También es responsable de la lucha contra el fraude fiscal y el contrabando. Su sede electrónica (sede.agenciatributaria.gob.es) centraliza todos los trámites relacionados.
Conclusión: La AEAT en 2026, más Digital y más Cercana al Ciudadano
La Agencia Tributaria (AEAT) ha recorrido un largo camino desde su creación en 1992 hasta convertirse en uno de los organismos públicos más digitalizados de España. La campaña de la declaración de la Renta 2025, que se desarrolla entre el 8 de abril y el 30 de junio de 2026, es el momento de mayor visibilidad de la AEAT para el ciudadano de a pie — pero detrás de ese evento anual hay un organismo que trabaja los 365 días del año gestionando tributos, luchando contra el fraude, facilitando trámites digitales y ayudando a millones de contribuyentes a cumplir con sus obligaciones fiscales.
Las novedades de la Renta 2025 — la nueva deducción para rentas próximas al SMI, la supresión de la obligación de declarar para los desempleados, la prórroga de las deducciones verdes, los cambios en las rentas del ahorro — hacen imprescindible revisar con atención el borrador antes de confirmarlo, y no limitarse a pulsar "confirmar" sin leer. La AEAT pone a disposición de todos los contribuyentes herramientas digitales de calidad — el asistente virtual, el Informador de Renta, el chat con especialistas — para facilitar ese proceso. Úsalas: pueden suponer una diferencia real en el resultado de tu declaración.